La Voz Edición Digital

“Pato” Cabrera, en Bouwer

VIOLENCIA DE GÉNERO. Al fundamentar su peligrosidad procesal, la jueza Mónica Traballini cita una reserva de un vuelo a Miami el 20 de enero. Mientras, esperaba en Río de Janeiro.

Francisco Guillermo Panero fpanero@lavozdelinterior.com.ar

El golfista, acusado por violencia de género, llegó ayer a Córdoba y permanecerá en el penal hasta ser juzgado.

Su permanencia en un coqueto departamento del distrito carioca de Leblon no era para regresar a la Argentina sino para reingresar a los Estados Unidos con un nuevo pedido de visa. Así lo entiende la jueza Mónica Traballini, que juzgará el mes próximo en Córdoba a Ángel Leopoldo “Pato” Cabrera (51) en una causa de violencia de género en perjuicio de su expareja Cecilia Torres Mana.

Al dictarle prisión preventiva por su peligrosidad procesal, horas antes de que este sábado regresara a Córdoba extraditado desde Brasil, Traballini enumera los numerosos elementos de peligrosidad procesal que justifican que el golfista siga detenido a la espera del juicio oral y público.

Lo más saliente es que la magistrada cita datos del Ministerio de Relaciones Exteriores que constatan que Cabrera, detenido en Brasil el 14 de enero, tenía un vuelo de Aerolíneas Argentinas para regresar a Miami en la noche del 20 de enero.

Eludir la extradición

Ángel Leopoldo “Pato” Cabrera (51) tenía pensado regresar desde Brasil a Estados Unidos para continuar prófugo en el país del Norte, donde no existe tratado de extradición con Argentina.

Así se desprende del auto 58 de prisión preventiva dictado este viernes por la vocal del Crimen Mónica Traballini, quien cita documentación de organismos migratorios para afirmar que Cabrera “tenía una reserva prevista para el 20 de enero en el vuelo 904 de Aerolíneas Argentinas hacia Miami.

Para refirmar su peligrosidad procesal y ánimo de seguir evadiendo su sometimiento a proceso, la jueza dice que “el Pato” Cabrera “abandonó temporariamente los Estados Unidos –país con el cual Argentina no tiene tratado de extradición– porque se vencía su visado de visitante, para luego volver a ingresar en igual condición”.

Como se le vencía la visa, Romero salió a Brasil para luego renovarla con un reingreso al país del Norte. “Brasil, en consecuencia, no era un alto en el camino de regreso a cumplir con sus obligaciones procesales (en la Argentina), sino un refugio transitorio donde aguardar la oportunidad para retornar al lugar donde se había mantenido alejado de las causas que se sustancian en su contra en nuestra provincia”, dice la jueza que debe juzgarlo a partir del 1° de julio próximo.

Luego, Traballini cita otros numerosos indicadores de peligro procesal, ya sean de fuga o de entorpecimiento. Además de mostrar su solvencia para irse del país aun en pandemia, sostiene que amenazó a víctimas, inclusive estando en el extranjero. Torres Mana –patrocinada por Carlos Nayi– lo denunció señalando que le dijo que iba a terminar muerta si seguía hablando en su contra.

Necesidad de juicio

En su resolución conocida en la tarde del viernes, la jueza Traballini sostiene: “Sumo la necesidad de fijar fecha de audiencia, realizar el debate y dictar sentencia a la mayor brevedad posible, en especial, por ventilarse acusaciones que constituirían casos de violencia de género de tipo doméstica, lo que activa las obligaciones de ‘debida diligencia’ que, entre otras cosas, imponen al Estado asegurar un juicio oportuno, tal como lo señalara expresamente el Tribunal Superior de Justicia al devolver la causa para su tramitación bajo la competencia de esta Cámara” 2ª del Crimen.

Por si hiciera falta, la jueza ya cuenta con el amplio aval del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que ya se pronunció sobre la necesidad de hacer este juicio. “La detención, así dispuesta, fue confirmada por la Sala Penal del TSJ por sentencia N° 532, del 19 de noviembre de 2020 , recuerda la magistrada en esta resolución. “En dicha oportunidad –cita la jueza–, concluyó (el TSJ) que en la resolución se destacaron circunstancias que tornan indispensable la privación de la libertad del imputado para asegurar los fines del proceso, sin que el recurrente haya demostrado que exista arbitrariedad en la valoración de aquellas circunstancias, esto es, que hubiera una apreciación irrazonable (absurda) de ellas”.

Razones para estar detenido. Ángel Cabrera no está acusado de delitos que no puedan ser excarcelables, pero dio evidencias de querer entorpecer la investigación y de darse a la fuga, dos causales para que esté preso mientras dura el proceso.

Página Delantera

es-ar

2021-06-13T07:00:00.0000000Z

2021-06-13T07:00:00.0000000Z

https://lavoz.pressreader.com/article/281517934066057

La Voz del Interior