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Fecescor y Conaice se suman el reclamo: “Las cooperativas también son empresas”

El conflicto surge a raíz de una nueva normativa que impide a estas organizaciones acceder al Registro de Empresas MiPyMEs y todos los perjuicios que esto implica.

Ante la reciente aprobación de la Resolución 121/2023 de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo (SIYDP), y la Disposición 88/2023 de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa (SSPYME), ambas dependientes del Ministerio de Economía de la Nación; la Federación de Cooperativas Eléctricas y de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba (Fecescor) y la Confederación Argentina Interfederativa de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos (Conaice) coincidieron en que se está contradiciendo la Ley de Pymes 24.467.

Ambas instituciones advierten que estas medidas constituyen una discriminación para con las entidades que representan, ya que se les impide el acceso al Registro de Empresas MiPyMEs.

Comunicado oficial

En ese marco, la Conaice emitió un comunicado fundamentando su postura con datos concretos, exponiendo los perjuicios a los que se somete a las cooperativas y exigiendo la plena vigencia de la ley 24.467.

Respecto a la imposibilidad de que estas entidades se inscriban en el Registro de Empresas MiPyMEs, la confederación escribió: “El objetivo económico de las cooperativas es beneficiar a sus trabajadores, productores, usuarios o consumidores asociados, y no maximizar el beneficio del capital”. “La SSPYME dice que, por no tener ánimo de lucro, las cooperativas no son empresas y, por lo tanto, no pueden ser reconocidas como mipymes”, agregó.

“Así, se afecta el derecho a acceder en igualdad de condiciones a todos los beneficios que se les reconocen a las mipymes y se atenta contra el espíritu de dicha ley, orientada a promover el desarrollo de las pymes como eficaz contribución al progreso de la economía nacional, de la cual las cooperativas son parte fundamental”, indicó la institución en otro tramo del texto.

Las cooperativas son empresas

Por otra parte, la Conaice puntualizó: “La Alianza Cooperativa Internacional define por cooperativa a una asociación autónoma de personas, que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada”.

“Esta definición fue asumida como propia por la Organización Internacional del Trabajo, en su Recomendación 193/2002, a la que Argentina ha adherido y en la que, además, se expresa que las cooperativas deben beneficiarse de condiciones conformes con la legislación y prácticas nacionales que no sean menos favorables que las que se concedan a otras formas de empresa y de organización social”, explicó la confederación.

Cabe recordar que la propia Organización de las Naciones Unidas dispuso que el 2012 era el Año Internacional de las Cooperativas bajo el lema: “Las empresas cooperativas construyen un mundo mejor”.

Fin de lucro

La Conaice también apuntó contra la exigencia del “fin de lucro” como requisito para el reconocimiento como empresa, ya que la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 define a esta última como “la organización instrumental de medios personales, materiales e inmateriales, ordenados bajo una dirección para el logro de fines económicos o benéficos”.

“Aún en el caso de las sociedades comerciales, cuyo carácter de empresas la SSPYME no pone en duda, este requisito tampoco es esencial toda vez que la definición del Artículo 1° de la ley 19.550 únicamente determina que los socios participan en los beneficios y soportan las pérdidas, entendiendo que los primeros pueden consistir no sólo en la obtención de lucro”, aseguraron desde la institución.

Sobre este punto, ampliaron: “A mayor abundamiento, el Artículo 3° de la misma ley admite expresamente que las asociaciones -en las cuales la ausencia de lucro es nota fundamental- pueden constituirse bajo la forma de sociedades comerciales”.

Reclamo generalizado

A raíz de las circunstancias detalladas anteriormente, Fecescor y la Conaice reclaman la plena vigencia de la Ley de la Pequeña y Mediana Empresa, y exigen que sus efectos lleguen a todas las mipymes, sin ningún tipo de restricción.

Además, solicitan la incorporación de las cooperativas en el Registro de Empresas Mipymes en las mismas condiciones que las sociedades comerciales, sin ninguna discriminación.

“Requerimos la inmediata respuesta a este reclamo, ya que la nueva normativa afecta gravemente a las cooperativas, agrava las tensiones que están sufriendo en el actual contexto económico y social que atraviesa nuestro país, y las excluye de participar activamente de las necesarias políticas públicas que promueven el progreso de la economía nacional”, sentenciaron ambas entidades.

Política

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2023-05-31T07:00:00.0000000Z

2023-05-31T07:00:00.0000000Z

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